Declaración pública -SAG

DECLARACION PÚBLICA

El día de ayer, 10 de agosto de 2026, se completó el plazo definido por el SAG para participar en una consulta pública sobre una propuesta de resolución que, de ser aprobada, sería un paso más hacia un marco legal abusivo que busca destruir los sistemas campesinos de semillas y entregar el monopolio de las semillas a unas pocas empresas, especialmente gigantes transnacionales.

ANAMURI, la Asociación Nacional de Mujeres Rurales e Indígenas,  no participó de dicha consulta por considerar que el SAG sólo busca legitimar un proceso que no entrega garantía alguna de escuchar efectivamente las críticas recibidas por parte de las organizaciones campesinas y porque funcionarios de INDAP y del SAG han buscado amedrentar a nuestras socias. Asimismo, el SAG respondió con falsedades o evasivas a las críticas a la propuesta de resolución que hasta ahora se han hecho públicas.

Nuestras críticas y preocupaciones frente al proyecto y el accionar del SAG son múltiples y seguiremos haciéndolas presentes frente a la opinión pública. Hoy queremos destacar las siguientes por su especial gravedad

1 El SAG asevera que la propuesta de resolución “No regula las semillas nativas y ancestrales, ni los intercambios de semillas que buscan subsistencia y conservación. Regula semillas Corrientes con fines comerciales.”

  •  Esto es falso porque: la definición de semilla corriente incluye  toda semilla que no ha sido certificada. Las semillas campesinas no son certificadas y por tanto quedan dentro de la definición de corrientes que esta resolución regularía
  • los intercambios de semillas no son, como el SAG pretende, exclusivamente para la subsistencia y conservación. Los intercambios de semillas han sido históricamente parte fundamental de los sistemas campesinos e indígenas de uso y conservación de semillas y por tanto incluyen usos comerciales y no comerciales.

2. El SAG asegura  que “La resolución regula las condiciones para comercializar, no la propiedad.”

Sin embargo, no responde a una crítica central: la creación de una nueva categoría de “representante de una variedad” cuyas atribuciones no se explicitan, abriendo así la posibilidad que se les entreguen atribuciones para controlar el uso de una variedad, y que las empresas semilleras, incluidas las transnacionales, se conviertan en tales “representantes”.

 3. El proyecto de resolución del SAG impone condiciones de inscripción de acuerdo a UPOV, que es el convenio internacional que busca privatizar las semillas en todo el mundo. Las exigencias de UPOV son inalcanzables para personas que no sean hiper especializadas, lo que restringe las posibilidades reales de inscripción a las empresas que puedan pagar tales servicios, especialmente las gigantes transnacionales.

Cuando ANAMURI dió a conocer esta situación, el SAG respondió que  las descripciones para inscribir una variedad serán  accesibles a todas y todos porque aceptará un formato simplificado, distinto al de UPOV. Sin embargo, el  proyecto de resolución indica: “Excepcionalmente y solo para casos fundados, sujetos a aceptación del Servicio, el solicitante podrá presentar un documento descriptor de la variedad.” En otras palabras, salvo raras excepciones, el SAG no aceptará las descripciones simplificadas y exigirá una descripción de acuerdo a UPOV, requisito que está totalmente fuera del alcance de personas que no sean especialistas.

4. Funcionarios del SAG y de INDAP han amedrentado verbalmente a nuestras socias, diciéndoles que tienen la obligación de inscribir sus variedades y de participar en la consulta pública, lo que es absolutamente falso. ANAMURI está consultando los mecanismos legales para impedir que el amedrentamiento siga adelante. ANAMURI seguirá luchando y exigiendo el pleno respeto al derecho fundamental de comunidades campesinas e indígenas a utilizar,  conservar, sembrar, multipicar , intercambiar y comercializar semillas libremente. Este es un derecho que ha sido el fundamento del desarrollo de la agricultura, de la conservación de la biodiversidad agrícola y de la soberanía alimentaria. Es un derecho que ha sido reconocido en la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Campesinos y de Otras Personas que Trabajan en las Zonas Rurales, declaración a la que Chile está adherido. La propuesta del SAG viola esta declaración y por tanto no debe seguir adelante.

ANAMURI llama a todas y todos a apoyar los procesos de defensa de las semillas campesinas, reforzando los procesos de intercambio, siembra y multiplicación de las semillas campesinas y rechazando este proyecto del SAG y cualquier otra normativa que atente o limite  nuestro derecho a las semillas.

ASOCIACIÓN NACIONAL DE MUJERES RURALES E INDÍGENAS

¡LAS SEMILLAS SON PATRIMONIO DE LOS PUEBLOS AL SERVICIO DE LA HUMANIDAD! ¡EL SAG MIENTE!

11 de agosto de 2026

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